Visto
La existencia de legislación provincial que establece limites, y controles a la oferta de sustancias adictivas a las condiciones que facilitarían su acceso, y
Considerando
Que en todas ellas, las municipalidades es una de las autoridades de aplicación,
Que tanto por la expedición por licencias REBA como así también por lo recaudado en concepto de multas, esta establecido en la legislación destinar un porcentaje a las municipalidades cuyo detalle informamos en ANEXO I,
Que también se establece el destino que ser le debe dar a los fondos recaudados con distintos criterios o denominaciones generales. Entre ellos: gastos del sistema, prevención integral y asistencia, fiscalización, control, educación, capacitación, etc.,
Que resultaría útil y beneficioso poder darle previsibilidad al destino y orientación que se le brindan a esos recursos, exigidos por ley,
Que por otra parte habiendo tomado conocimiento de las diversas actuaciones de la Inspección General a cargo del Sr. Marcelo Luna, seria enriquecedor .para los integrantes de este HCD contar con la información de esos operativos en forma periódica bimestral,
Que en relación a la venta de estupefacientes donde el municipio desde su orbita no tiene injerencia, las autoridades competentes han establecido una línea telefónica gratuita y anónima para denunciar la venta de esas sustancias, situación frecuentemente requerida por la comunidad.
Por todo ello,
El Honorable Concejo Deliberante de Coronel Pringles, en uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de
ORDENANZA
Artículo 1º: Creáse el registro de control de oferta de sustancias, el cual contendrá las inspecciones realizadas en relación a cada una de las siguientes leyes provinciales: 13178, 11825, 14050, 11748, 12011 y 13894. Dicho registro se presentara bimestral al HCD.
Artículo 2º: Destínense lo que recauda la Municipalidad en concepto de REBA, así como también las multas percibidas por infracciones a la legislación provincial citada en el articulo 1º en la siguiente proporción:
a) 40% acciones de control: entendiendo por tales al fortalecimiento del área de inspección general en RRHH, equipamientos, insumos, etc.}
b) 30% acciones de prevención: comprendiendo este rubro la prevención inespecífica (actividades recreativas, educativas, artísticas formativas) y la prevención específica (charlas de especialistas, talleres sobre adicciones folletos explicativos sobre el tema, etc.
c) 30% acciones de asistencia: incluye este ítem, atención médica, psicoterapia, acompañamiento terapéutico.
Artículo 3º: solicitase al Departamento Ejecutivo a difundir la línea gratuita y anónima para venta de estupefacientes 08002227060, asegurando su conocimiento e toda la extensión geográfica del distrito.
Artículo 4: De forma.
Dado en el bloque de Compromiso Pringles, a las 23 días del mes de marzo de 2010.
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