Fué aprobada en el HCD la siguiente resolución presentada por nuestros concejales
Visto : la situación económica por la que atraviesa la Biblioteca Popular Pringles , de la cual se ha
tomado conocimiento por el tratamiento de su problemática en los medios de comunicación , y profundizado en posterior entrevista con la presidenta de esa institución , Sra Velia Perez, y
Considerando
-que en el manifiesto de la UNESCO los aspectos esenciales de una Biblioteca Popular, para cumplir con su misión, comprenden: crear y fortalecer los hábitos de lectura en los niños desde edad temprana; asegurar el acceso a los ciudadanos a toda clase de información de la comunidad; apoyar y participar en actividades literarias y programas para todas las edades; y apoyar tanto a la educación individual ( auto enseñanza )como a la educación formal en todos los niveles.
-que los enunciados solo son algunos de sus objetivos pero que ya grafican claramente la importancia de que una Biblioteca Popular no solo no se deteriore en su desempeño sino que además se fortalezca, gradual e ininterrumpidamente
-que sus ingresos se limitan principalmente a cuatro instancias: subsidio cuatrimestral de la CO.NA.BI.P; socios; rifa anual; y ayuda económica municipal ($ 500 mensuales)
-que en referencia al aporte municipal, éste fue asignado en enero del año 2008 sin que se haya actualizado su monto
-que en los egresos deben contemplarse distintos aspectos como: pago de sueldos y cargas sociales de los empleados ; pago de servicios ; mantenimiento edilicio; compra de material bibliográfico nuevo; artículos de limpieza; etc. , en definitiva rubros que desde el año 2008 han sufrido incrementos de importancia
-que se trata de una institución que realiza tareas conjuntas, fundamentalmente, con el Área de Tercera edad y discapacidad con excelente predisposición en proyectos que implican compromiso social
Por todo ello el Honorable Concejo Deliberante de Coronel Pringles en el uso de las facultades que le son propias
RESUELVE
Art.1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo incremente la ayuda económica que brinda el Municipio a la Biblioteca Popular Pringles.
Art 2º: Solicitar al DE fije un valor de referencia que permita la actualización automática anual de ese aporte económico, sugiriendo que este sea un sueldo básico del empleado municipal, categoría ingresante, régimen de 35 hs, establecido a la suma que posea al día 30 de Octubre del año anterior al que corresponda presupuestar y tendrá vigencia por un año calendario.
Art3º: De forma
Dado en el bloque de Compromiso Pringles a los 21 días del mes de marzo del año 2011.
Lisandro Matzkin Carlos Berterret
Concejal Municipal Concejal Municipal
convoca a trabajar a todas las personas provenientes de cualquier ideología y procedencia social, bajo cuatro ejes principales:Diversidad, Tolerancia, Honestidad y Cultura de trabajo y sacrificio.
martes, 29 de marzo de 2011
sábado, 12 de marzo de 2011
REFORMA DEL APORTE MUNICIPAL A LOS BOMBEROS VOLUNTARIOS
Visto : la ordenanza 3514/05, la que hace referencia a un aporte municipal mensual de $ 2000 (dos mil )destinado a la Asociación de Bomberos Voluntarios , fundamentado en el accionar de esta institución estrechamente relacionada a la protección de la vida , la integridad física y las propiedades de los pringlenses
Considerando :
-que dicha ordenanza asigna esa suma fija determinada en septiembre del año 2005, cuyo importe, ante el aumento del costo de vida, se ha tornado claramente insuficiente. Que, solo con el objeto de graficar lo expuesto, conviene destacar que el precio del gasoil desde septiembre del 2005 hasta el día de la fecha se ha incrementado aproximadamente en 300%
-que a las mayores erogaciones para atender gastos fijos y salidas ante siniestros, también se debe contemplar la dificultad para la consecución de ingresos económicos
-que en los considerandos de la ord. 3514/05 se menciona acertadamente “que es rol indelegable del Estado proveer a la seguridad de sus habitantes”
-que en los mismos considerandos se señala “que dicho aporte “(hablando del subsidio asignado),” no debe quedar bajo el arbitrio del funcionario de turno…”.Pero que al asignar una suma económica fija sin un mecanismo de actualización automática se sigue dependiendo del criterio o voluntad de un funcionario que asigne ayudas complementarias .
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de Coronel Pringles en el uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de
Ordenanza
Art 1º: Asígnase a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles una suma económica mensual equivalente a 1430 lts de gasoil, a partir de la sanción de la presente ordenanza
Art 2º: Establézcase como valor para el litro de gasoil , el que posea al día 30 de octubre del año anterior al que corresponda presupuestar, y tendrá vigencia por un año calendario
Art 3º: Derógase la ordenanza 3514/05
Art 4º: De forma
Dada en el bloque de Compromiso Pringles a los 22 días del mes de febrero del año 2011
Asist. SL Carlos Berterret Lic Lisandro Matzkin
Concejal municipal Concejal municipal
Considerando :
-que dicha ordenanza asigna esa suma fija determinada en septiembre del año 2005, cuyo importe, ante el aumento del costo de vida, se ha tornado claramente insuficiente. Que, solo con el objeto de graficar lo expuesto, conviene destacar que el precio del gasoil desde septiembre del 2005 hasta el día de la fecha se ha incrementado aproximadamente en 300%
-que a las mayores erogaciones para atender gastos fijos y salidas ante siniestros, también se debe contemplar la dificultad para la consecución de ingresos económicos
-que en los considerandos de la ord. 3514/05 se menciona acertadamente “que es rol indelegable del Estado proveer a la seguridad de sus habitantes”
-que en los mismos considerandos se señala “que dicho aporte “(hablando del subsidio asignado),” no debe quedar bajo el arbitrio del funcionario de turno…”.Pero que al asignar una suma económica fija sin un mecanismo de actualización automática se sigue dependiendo del criterio o voluntad de un funcionario que asigne ayudas complementarias .
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de Coronel Pringles en el uso de las facultades que le son propias sanciona con fuerza de
Ordenanza
Art 1º: Asígnase a la Asociación de Bomberos Voluntarios de Coronel Pringles una suma económica mensual equivalente a 1430 lts de gasoil, a partir de la sanción de la presente ordenanza
Art 2º: Establézcase como valor para el litro de gasoil , el que posea al día 30 de octubre del año anterior al que corresponda presupuestar, y tendrá vigencia por un año calendario
Art 3º: Derógase la ordenanza 3514/05
Art 4º: De forma
Dada en el bloque de Compromiso Pringles a los 22 días del mes de febrero del año 2011
Asist. SL Carlos Berterret Lic Lisandro Matzkin
Concejal municipal Concejal municipal
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