Visto
Que existe una disposición de publicación del Boletín Oficial, y
Considerando
Que la misma no se recibe en el Honorable Concejo Deliberante desde hacen un año, y que por lo tanto se puede presumir que no se encuentra realizado en lo que va del año con las consecuencias jurídicas que esto acarrea.
Que se ha solicitado por nota del Honorable Concejo Deliberante el envío a este Honorable Cuerpo de todos los boletines Oficiales del año 2000 a la fecha.
Que según lo que versa en articulo 2 del código civil, para que una ley entre en vigencia esta debe estar publicada, citando a continuación dicho articulo: “Artículo 2: Las leyes no son obligatorias sino después de su publicación, y desde el día que determinen. Si no designan tiempo, serán obligatorias después de los ocho días siguientes al de su publicación oficial.”
Que la partida para gastos de publicidad de los actos de gobierno viene usándose para promocionar el accionar de la administración de turno, pero no para realizar el boletín oficial.
Que dicha publicación es necesaria ya que su conocimiento ante la población general hace que la ordenanza sancionada y promulgada tenga efectos legales definitivos,
Por ello el Honorable Concejo Deliberante de Coronel Pringles, en usos de las facultades que le son propias sanciona la siguiente:
RESOLUCION
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo informe sobre los motivos por los que el Boletín Oficial no ha sido impreso y publicado en lo que va del año 2010.
Artículo 2º: De forma.
Dado en la sala del Bloque de Compromiso Pringles a los 31 días del mes de agosto de 2010.
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